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México.- Laura, Claudia y Esmeralda de 17, 20 y 15 años respectivamente desaparecieron durante setiembre y octubre del 2001. El 6 de noviembre sus cuerpos y los de cinco mujeres más fueron encontrados en el sitio denominado “Campo Algodonero”, en la ciudad de Juárez, con signos de haber sido privadas de su libertad y de haber sufrido violencia sexual extrema. Claudia González, Esmeralda Herrera Monrreal y Laura Ramos Monárrez fueron solo tres de las muchas mujeres víctimas de feminicidio y violencia sexual en Juárez.
Las familias afectadas llevaron el caso ante el Sistema Interamericano y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) dictaminó en noviembre del 2009 que el Estado mexicano incumplió con su deber de investigar y por ende garantizar el derecho a la vida, integridad personal y libertad personal de Claudia González, Esmeralda Herrera Monrreal y Laura Ramos Monárrez.
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Comunidad indígena Sawhoyamaxa vs Paraguayenal
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Paraguay.- La comunidad indígena Sawhoyamaxa vivía tradicionalmente en el Chaco paraguayo; sin embargo, desde principios de los 90 la ocupación no indígena se incrementó, generando estancias privadas en las que la comunidad se incorporaba casi como mano de obra esclava. A raíz de esto, la comunidad es forzada a desplazarse, sin tener un acceso adecuado a agua potable, energía eléctrica, saneamiento, salud y educación.
Desde 1991 la comunidad indígena inicia los procesos para que se les restituyan sus tierras y en 1998 se presentó el caso ante la CoIDH. En el 2006, la CoIDH falló a favor de la comunidad y en contra del Estado paraguayo por haber no haber garantizado sus derechos a un juicio justo, a la propiedad, a la vida en condiciones de dignidad, entre otros.
El alto tribunal había confirmado en un caso anterior, Villagrán Morales, que el derecho a la vida debe ser un derecho a una vida digna, por lo que con esta nueva sentencia comenzó a cumplir muchos elementos del derecho a la salud, la búsqueda de violaciones incluso cuando las víctimas no mueran y que requieren suministro gubernamental de alimentos, agua, saneamiento, medicina y atención médica adecuada; elementos fundamentales para el derecho a una vida digna.
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Estas y otras sentencias serán revisadas en conversatorios entre operadores de justicia, con especial énfasis en su impacto en derechos humanos y derechos reproductivos.
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