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DE IMPORTANTE INTERÉS
26 de Septiembre de 2017


Flexibilización Laboral: La necesidad de un debate reflexivo

 

FAIGA comparte una información de interés para los responsables de Recursos Humanos de las empresas del sector.


La reforma laboral de Brasil ha generado debates en nuestro país sobre si es necesaria una reforma laboral argentina con el fin de que las empresas nacionales no pierdan competitividad frente a Brasil, en particular, y otros países de la Región, en general; así como también no perder volumen de inversiones de empresas internacionales debido a los costos laborales.

Parte de este debate se encuentra resumido en esta recomendable nota publicada en el diario La Nación: Link.

A continuación compartimos un cuadro comparativo del contexto laboral argentino con otros países de Latinoamérica:


Argentina


Brasil


Chile


Colombia


Perú


México

Tipos de Contrato

Tiempo indeterminado, con 3 meses de prueba. Pueden haber 1 mes a 5 años si se justifica. Se permite el trabajo intermitente, con pagos por día y por hora, y crea una figura para autónomos que brindan servicios a una sola empresa Vínculo por tiempo indeterminado. Se permiten contratos por uno a dos años. Contratos por tiempo indeterminado o por plazo de hasta 3 años.  Por tiempo indeterminado o por plazo. Se permite el trabajo intermitente por objetivos. Contrato por tiempo indefinido con 30 días a prueba; se permiten contrataciones estacionales, para tareas específicas y a plazo.

Pago por despido

Un salario por año trabajado o fracción superior a tres meses, más plus por falta de preaviso. El trabajador cobra el saldo acumulado en un fondo al que aportó la empresa más un adicional Se paga el salario de un mes, con un tope fijado en 90 unidades de fomento (equivale hoy a US$ 3840) por cada año trabajado, hasta un límite de 11 meses Se abona el equivalente a 20 o 30 días del salario por el primer año de servicio y a 15 o 20 días por cada año posterior. 1,5 veces el salario mensual por cada año trabajado, hasta un tope definido como el equivalente al monto de 12 salarios mensuales. Tres salarios mensuales 20 días de salario por cada año de servicios prestados a la empresa

Negociaciones

Convenios colectivos por actividad. Los acuerdos por empresa solo pueden mejorar las condiciones. Prevalencia de los acuerdos de empresa e individuales por sobre las convenciones colectivas; podrán negociarse individualmente casi todas las condiciones; se permiten comisiones no sindicales de trabajadores para vincularse con las empresas Se permite la negociación con grupos de trabajadores no sindicalizados. Los acuerdos suelen ser por empresa. Descentralizadas. Se pueden dar negociaciones empleador/es con sindicato, con trabajadores no sindicalizados, o contratos para tareas específicas. Están habilitados los convenios por empresas, por ramas de actividad y por gremios.  Tienden a ser por empresa.

Salario Mínimo

us$505 us$300 us$435 us$255 us$260 us$125

Jornada Laboral

8 horas diarias. Máximo 48 horas semanales.  Máximo de 12 horas diarias siempre que se respete el límite semanal de 44 horas. 45 horas semanales como máximo, distribuidas entre 5 y 6 días y con una limitación de 10 horas diarias 8 horas por día y hasta un máximo de 48 horas semanales. 8 horas diarias con un máximo de 48 semanales; las horas extras tienen pagos adicionales de 25 y 35%. El límite es de 48 horas semanales y 8 diarias; para tiempo extra rige un máximo de tres horas diarias

Vacaciones

14, 21, 28 y 35 días de descanso después de 1, 5, 10 y 20 años de antigüedad. 30 días al año, fraccionables en hasta 3 períodos, luego del primer año de trabajo. 15 días hábiles luego del primer año. A los 10 años de antigüedad se agrega 1 día por cada 3 años de antigüedad. 15 días hábiles; se deben tomar al menos seis días corridos por año y los días restantes se pueden acumular durante los dos años siguientes. 30 días corridos al año; el empleado puede negociar con su empleador el fraccionamiento en períodos. El período es de seis días más otro por cada año trabajado (hasta el quinto año de antigüedad); luego se suman dos días más cada cinco años en que se hayan prestado servicios

Aguinaldo

Obligatorio. Obligatorio, no negociable. No obligatorio para el sector privado. Sí. Bono por Navidad
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