II.- NUEVA SITUACIÓN
Dada la importancia del Foro citado y siendo necesario adoptar medidas de diversa naturaleza para la atención y seguridad de los visitantes, con fecha 13 de Agosto de 2016 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N° 059-2016-PCM, que declara como días no laborables el 17, 18 y 19 de noviembre de 2016 a nivel de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao.
En el Decreto Supremo indicado en el párrafo anterior, se establece lo siguiente:
- En el sector público, las horas dejadas de trabajar en el día no laborable indicado en el acápite anterior, serán compensadas en los 15 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, de acuerdo a sus necesidades.
- En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, se establecerá la forma en que se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, decidiendo el empleador, a falta de acuerdo.
- Para el caso de los servicios indispensables, los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar su provisión a la comunidad, durante el día no laborable.
Finalmente, cabe mencionar que para fines tributarios, los días 17, 18 y 19 de noviembre de 2016, serán considerados hábiles.
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