Si no ve correctamente el contenido haga click aquí.
IMPORTANTE
13 de Marzo de 2018


Recordatorio de Beneficios de la Ley PyME

 

La Unión Industrial Argentina emitió un comunicado recordando los beneficios de la Ley PyME y sus correspondientes plazos. A continuación FAIGA difunde la información, destacando el plazo informado para la renovación del Certificado MiPyME.
 

Renovación del Certificado MiPyME

Aquellas empresas que se encuentran registradas en el Registro PyME y hayan cerrado su ejercicio fiscal en diciembre de 2017, deben renovar su Certificado MiPyME antes del 30 de abril de 2018. Aquellas empresas que no renueven su Certificado MiPyME perderán automáticamente aquellos beneficios contemplados en la Ley como la posibilidad de tomar el Impuesto a los Débitos y Créditos a cuenta del Impuesto a las Ganancias o de diferir el pago del IVA.

El Gobierno publicó la resolución 74/2018 que postergó hasta el 30 de abril la fecha para la renovación, y que podrá ver en el siguiente link:

Ver Resolución

Para realizarlo, deben repetir los mismos pasos que se hicieron para la inscripción como PyME por primera vez; ingresar con clave fiscal al servicio web AFIP “PYMES - Solicitud de categorización y/o beneficios”.
 

Régimen de Fomento a las Inversiones

Quienes quieran aplicar al Régimen de Fomento a las Inversiones para obtener los beneficios fiscales que ofrece, deben hacerlo dentro del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio contable. En el marco de mantener un intercambio permanente con los representantes del área por este tema, les recomendamos por cualquier consulta comunicarse con fomentopyme@produccion.gob.ar
 
 
Por cualquier consulta sobre estos puntos, por favor comuníquese a contacto@faiga.com o al teléfono 4631-5120.

Este mail ha sido enviado a <<Dirección de Correo>>
Si usted no desea recibir nuestros comunicados o cree que no está suscripto a los mismos, haga click aquí