El Ministerio de Producción publicó en el Boletín Oficial el cronograma de implementación por etapas para el régimen de Facturas de Crédito Electrónicas, el cual comenzará a regir a partir de mayo de 2019.
A partir de mayo, podrán adherir los siguientes sectores: Industria manufacturera; comercio mayorista y minorista; reparación de automotores y motocicletas; suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado; suministro de agua y cloacas; gestión de residuos y recuperación de materiales y saneamiento público; la intermediación financiera; y los servicios de seguros.
Además, de manera excepcional, la Resolución establece que por el término de 1 año, el Régimen será aplicable a comprobante emitidos por un monto total igual o mayor a $50.000.
A continuación se adjuntan la Resolución y su correspondiente anexo para su lectura:
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