Les informamos en fecha 25 de junio de 2021, el Poder Ejecutivo emitió el DECRETO N° 5562/2021 (por el cual se rectificó parcialmente el Decreto 5561/2021 que estableció otro monto por error), mediante el cual se dispone el reajuste en cuatro coma cuatro por ciento (4,4 %) de los sueldos y jornales del sector privado. El mismo regirá a partir del 1º de julio de 2021, en relación con el salario mínimo vigente en las actividades expresamente previstas, escalafonadas y las diversas no especificadas, quedando el mismo establecido en dos millones doscientos ochenta y nueve mil trescientos veinticuatro guaraníes (₲ 2.289.324.) y el jornal mínimo en ochenta y ocho mil cincuenta y un guaraníes (G. 88.051.).
¿Cuáles son las implicaciones? A partir del 1° de julio de 2021, aquellos trabajadores cuyo ingreso sea menor al nuevo salario mínimo, deberán recibir un aumento salarial conforme al nuevo salario mínimo.
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