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Comité de Expertas expresa preocupación por las denuncias de violencia política contra las mujeres opositoras y por las repercusiones del mensaje inhibidor de la participación de las mujeres en la vida política en Nicaragua. 

Washington, D.C., 6 de agosto de 2021. El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) expresa su preocupación por la violencia política que habría sufrido un grupo de mujeres opositoras al gobierno y defensoras de derechos de las mujeres en Nicaragua. 

De acuerdo con la información recibida, el pasado 2 de junio el Estado nicaragüense habría iniciado una ola de detenciones, que han sido denunciadas como arbitrarias, contra líderes y lideresas opositoras y, como consecuencia de estas acciones, un grupo de defensoras de derechos humanos, activistas feministas y lideresas políticas, se encontrarían privadas de libertad, al igual que otras personas, todas conocidas por ser de partidos oposición o que se postulan como candidatas a las próximas elecciones presidenciales. 

Asimismo, el Comité de Expertas ha recibido denuncias sobre presuntos actos de vigilancia y hostigamiento, vulneraciones a la libertad de expresión, reunión y movimiento, amenazas y persecución también contra mujeres defensoras y líderesas opositoras. Las denuncias señalarían como principales presuntos responsables de estas agresiones a funcionariado de seguridad del Estado, agentes del departamento de operaciones especiales policiales y personas armadas vestidas de civil. 

El Comité tuvo conocimiento de las presuntas detenciones de Tamara Dávila, Violeta Granera, Dora María Téllez, Ana Margarita Vigil y Suyén Barahona, lideresas sociales, feministas y defensoras de derechos humanos de las mujeres, todas con participación destacada en la vida social y política del país e identificadas como opositoras al gobierno. Las detenciones se habrían realizado mediante allanamientos a sus viviendas y bajo acusación de terrorismo, traición a la patria, atentado contra la soberanía nacional y promoción de la aplicación de sanciones a miembros o allegados al gobierno. 

El Comité también ha recibido información según la cual el derecho a la defensa, al debido proceso y al acceso a la justicia se estarían viendo afectados en estos casos. Adicionalmente, las denuncias señalan que el derecho al acceso a los abogados y abogadas de las lideresas ha sido impedido o limitado así como las visitas de familiares, afectando con ello también la integridad de las personas detenidas. 

El Comité recuerda que el debido proceso legal, de acuerdo a la Convención de Belém do Pará, incluye, entre otros, el deber de debida diligencia garantizando de manera expedita que todos los derechos establecidos en los tratados internacionales de protección de derechos humanos sean garantizados y de manera especial, sea investigada y prevenida cualquier acción que cause daño, sufrimiento físico, psicológico o sexual a las mujeres. 

En este sentido, la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Vida Política en su artículo 3 define la violencia contra las mujeres en la vida política como “cualquier acción, conducta u omisión, realizada de forma directa o a través de terceros que, basada en su género, cause daño o sufrimiento a una o a varias mujeres, y que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos políticos”, y que, de acuerdo con el artículo 6 del mismo instrumento, una de las manifestaciones de dicha violencia es que se lleven a cabo acciones que “amenacen, asusten o intimiden en cualquier forma a una o varias mujeres y/o a sus familias, y que tengan por objeto o resultado anular sus derechos políticos, incluyendo la renuncia al cargo o función que ejercen o postulan”. 

El Comité considera que estas acciones podrían constituir amedrentamientos, amenazas, hostigamientos, y violencia contra las mujeres en el ámbito político contraviniendo con ello el derecho de vivir libres de violencia y discriminación y de ejercer sus derechos políticos, generando alarma y desconfianza, y emitiendo un mensaje inhibidor de la participación de las mujeres en la vida política nicaragüense. 

Por todo lo anterior el Comité: 

1. Expresa su profunda preocupación por la integridad y seguridad de todas las personas detenidas, en especial las mujeres lideresas y defensoras de derechos humanos de las mujeres, así como por las de sus familias; 

2. Exige al Estado de Nicaragua respeto y garantía a los derechos de las personas detenidas y a los mandatos constitucionales, al debido proceso, a la presunción de inocencia, al derecho a la defensa, y la publicidad de las causas; 

3. Solicita la inmediata liberación de las personas detenidas, y el cese de los ataques a las libertades públicas, y particularmente, al ejercicio de los derechos políticos en el país, en especial los de las mujeres. 

4. Exhorta al Estado a garantizar a las mujeres que los derechos de asociación, libertad de expresión y de participación política puedan ejercerse libres de violencia y hostigamiento; 

5. Solicita la realización de una investigación transparente de los hechos denunciados; 

6. Informar a este Comité sobre el estado de las detenidas. 

7. Toma en cuenta el contexto e insta a la comunidad internacional a mantenerse vigilante sobre la difícil situación de las mujeres lideresas y defensoras de derechos humanos de las mujeres en Nicaragua. 

El Comité de Expertas es el órgano técnico del MESECVI, responsable del análisis y evaluación del proceso de implementación de la Convención de Belém do Pará. Está integrado por Expertas independientes, designadas por cada uno de los Estados Parte entre sus nacionales, quienes ejercen sus funciones a título personal. 

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