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Julián de Castro. Boletín de noticias.
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 Boletín de Octubre

Sistema de purificación de aire en todos nuestros autobuses

A pesar de las informaciones que desincentivan la utilización del transporte público en determinados medios públicos, las últimas investigaciones sobre la posibilidad de contagio del Covid-19, aseveran que en este medio de transporte no llega casi al 1%, mientras que en las reuniones familiares y de ocio suponen un 40%, en lugares de trabajo un 27% y un 12% en entornos sanitarios. Si se permite el 100% de su ocupación, es porque dicho riesgo se palía con el uso de la mascarilla (obligatoria), la desinfección y limpieza diaria, una correcta higienización de las manos (todos nuestros autobuses llevan integrados en la entrada un dispensador de gel desinfectante) y los sistemas de ventilación (el aire del interior, se recicla entre 1 y 3 minutos), aparte de que nuestros conductores abren todos los conductos, trampillas y puertas, para ventilar el interior, cada vez que terminan un servicio. Además de lo anterior, y puesto que están llegando fechas con peor climatología, en la que tengamos que cerrar las trampillas para tener una óptima climatización en el interior de los autobuses, estamos incorporando a todos los autobuses unos purificadores en los climatizadores, con el fin de prevenir los riesgos de contagio por hongos, virus (también la gripe) y otras bacterias, como por ejemplo la Legionella, en especial, destinado a personas mayores, inmunodeprimidas, asmáticos y niños. Además, entre las consecuencias más severas a evitar, debidas a la contaminación química o biológica, dicho sistema también es efectivo a efectos de evitar alergias, dolores de cabeza, estornudos e irritación de las mucosas. Con esta actuación, el aire de nuestros autobuses no sólo estará climatizado y limpio, sino libre de microorganismos, malos olores y rico en oxígeno.

Plan de Igualdad en Autocares Julián de Castro, S.A.

Tras la experiencia adquirida en los cuatro anteriores años de aplicación del anterior Plan de Igualdad, en el cual, también teníamos un protocolo de prevención del acoso sexual y discriminación por razón de sexo, el cual lleva publicado en nuestra web (en “Nuestros Compromisos”.- Igualdad de oportunidades) y que puede ser consultado libremente por cualquier persona que acceda a nuestra página, nos hemos dado cuenta que en muchos de sus aspectos no hemos llegado a los objetivos marcados, como por ejemplo, en la paridad de nuestros procesos de reclutamiento y selección, debido a la subrepresentación de las mujeres en nuestro sector, motivo por el cual, hemos decidido volver a realizarlo empezando de cero (desde su fase de diagnóstico), por lo que se ha decidido formar una nueva Comisión de Igualdad (la anterior, se encontraba integrada en el Comité de Seguridad), solicitando una mayor involucración a la representación de los trabajadores, e intentando buscar una mayor paridad en su integración. Por éste último motivo, se invita a todas las mujeres que trabajan en nuestra empresa, a que puedan incorporarse al mismo, a fin de no perder dicha perspectiva de género.

En este proyecto, y a fin de que el Plan no se quede en un mero documento de intenciones, hemos buscado ayuda profesional y experta fuera de nuestra compañía, habiendo encontrado a la entidad consultora “EnClave de Luz”, la cual pilotará el plan durante todo su recorrido, hasta su posterior evaluación. Dicha iniciativa, ha coincidido con la publicación de dos Reales Decretos-Legislativos (RDl 901/2020 y 902/2020) en los cuales, en el primero se prevé su obligatoriedad en empresas de mas de 50 empleados (más de 50; en marzo de 2022, más de 100; en marzo de 2021 y en más de 150; en marzo 2020), deberán ser registrados oficialmente y la empresa lo tiene que negociar con la representación de los trabajadores, entre otros aspectos. En el segundo, se dirige más hacia la paridad retributiva (igual trabajo, igual retribución), por lo que se obliga a las empresas a realizarse auditorias retributivas, de tener un registro retributivo, que deberá incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo.

Paradas a demanda en líneas nocturnas (N-904 y N-908) a partir del proximo 30 de octubre por la noche


El servicio consiste en poder solicitar una parada fuera de las establecidas en el itinerario para facilitar la llegada al destino, siempre dentro del recorrido habitual de la línea y en zona urbana, con el fin de minimizar riesgos ante situaciones incómodas o posibles agresiones, durante las horas nocturnas, a determinados colectivos de usuarios: las mujeres y los menores de edad. Para ello, la persona deberá comunicarlo al conductor, con una parada de antelación, y el lugar elegido, no debe entrañar ninguna situación de peligro, por lo que, se deben cumplir las siguientes características:

  • La anchura de la acera debe ser como mínimo de 1,5 mts. y no se puede parar a menos de cinco metros de una esquina, cruce o bifurcación.
  • No se puede obstruir los accesos de vehículos en inmuebles debidamente señalizados, ni obstaculizar la utilización normal del paso de salida o acceso de personas a un inmueble.
  • No puede realizarse parada en glorietas, isletas, medianas, pasos a nivel, pasos para ciclistas, pasos de peatones ni rebajes de aceras. En general, en ningún lugar donde se impida la visibilidad de la señalización, a los/as usuarios/as a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.
  • Ante situaciones de duda, siempre prevalecerá el criterio del conductor.

El desembarque, siempre se realizará por la puerta delantera, y en caso de utilización de la rampa, el conductor le indicará si reúne las características necesarias para su despliegue, y en caso contrario, le propondrá otros lugares alternativos.

Certificación de nuestra Huella de Carbono por la UNE-EN ISO 14064 de Gases de efecto invernadero

Desde el año 2015, en que registramos nuestra primera huella de carbono en la Oficina Española de Cambio Climático (OECC), perteneciente al Ministerio de Transición Ecológica (antiguo MAGRAMA), no hemos dejado de inscribir nuestros datos en su registro, estando en la actualidad concedida a esta organización, el uso del sello “Calculo y Reduzco”, gracias a la reducción que desde hace varios años, estamos consiguiendo por la implantación de nuestro Plan de Eficiencia Energética, donde nos están ayudando empresas expertas en conducción eficiente, como LoopUE. Sin embargo, este año, y a consecuencia del compromiso adquirido por la Dirección con el medioambiente, hemos querido que dicha Huella de Carbono esté verificada por un tercero independiente (AENOR) siguiendo la especificación internacionalmente reconocida para la cuantificación de las emisiones y remociones de gases efecto invernadero, UNE-EN ISO 14064. Dicha certificación, se une a las ya conseguidas por esta entidad en medioambiente, como la UNE-EN ISO 14001 de Sistemas de Gestión Medioambiental y el Reglamento de Ecoauditoria Europeo (EMAS III) registrado en la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, o la UNE-EN ISO 50001 de Sistemas de Eficiencia Energética.


Actuaciones de respuesta coordinada para hacer frente a la pandemia por Covid-19

El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), presidido por el ministro de Sanidad y los consejeros del ramo de las diversas comunidades autonómicas, acaban de aprobar un documento por el que se establecen cuatro niveles de alerta con medidas de actuación frente al coronavirus. En el nivel alto (incidencia acumulada de casos en 14 días de entre 150 y 250 por 100.000 habitantes). Dichas medidas, se han concretado en el RD 926/2020 sobre el estado de alarma, que finalizará a las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que puedan establecerse. Las medidas, de ámbito nacional, mas importantes son las siguientes:

La permanencia de grupos de personas en espacios tanto de uso privado como público, tanto cerrados como al aire libre, quedará condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas (pudiendo reducirse por cada CCAA o ciudad con Estatuto de autonomía), salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público. Las reuniones en lugares de tránsito público y las manifestaciones podrán limitarse, condicionarse o prohibirse cuando en la previa comunicación presentada por los promotores no quede garantizada la distancia personal necesaria para impedir los contagios.

Restricción de la entrada y salida de personas del territorio de cada comunidad autónoma y de cada ciudad con Estatuto de autonomía (o ámbito territorial inferior, en su caso) salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos previstos en el artículo 6 (asistencia a centros sanitarios, obligaciones laborales, asistencia a centros educativos, retorno a residencia familiar, asistencia a mayores o dependientes, desplazamiento a entidades bancarias o de repostaje, actuaciones ante órganos públicos oficiales y judiciales, realización de exámenes. etc.). No se limitará la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales en los que se estén aplicando las restricciones de este artículo ni ello afectará al régimen de fronteras.

Limitación de la libertad de circulación de las personas durante el periodo comprendido entre las 22:00 a 0:00 y las 5:00 a 7:00 horas, determinable por cada Comunidad Autónoma o ciudad con Estatuto de autonomía, y quedando establecido de manera general el de 23:00 a 6:00 en un primer momento. En Madrid, se permite hasta las 00.00 horas y a partir de las 06:00 (sólo en el caso de bares y hostelería), pudiendo únicamente circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las actividades previstas en el artículo 5 (Adquisición de medicamentos o bienes de primera necesidad, asistencia a centros sanitarios o de atención veterinaria, por obligaciones laborales, retorno a domicilio (tras realizar alguna de estas actividades), repostaje en gasolinera, asistencia a mayores, etc.).

Respecto al resto de establecimientos en Madrid no podrán abrir más allá de las 22.00 horas. La autoridad sanitaria valorará el cierre de las zonas interiores de los establecimientos, y en su defecto reducir los aforos al máximo posible. Eso sí, los establecimientos podrán dar servicio de recogida en local, envío a domicilio o recogida en vehículo en todos los niveles de alerta. En Madrid, en bares y hostelería se prohíbe el servicio en barra, se limita a un 50% en el interior, y un 75% en terrazas (50% si es una de las 32 zonas confinadas). En el transporte público, no existen restricciones de aforo.

Siguiendo con los aforos permitidos, en Madrid se permite hasta el 75% en tiendas (en zonas confinadas un 50%), en cines y teatros un 50%, gimnasios un 50% y en velatorios, entierros y ceremonias fúnebres a un máximo de 10 personas en espacios cerrados y de 15 en espacios abiertos. En lugares de culto 1/3 de su aforo.

El incumplimiento de estas normas supone la aplicación de sanciones que pueden oscilar entre los 600 y los 600.000 euros.

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Excursiones de ámbito nacional e internacional

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